2009
Por mayor inserción laboral
Se aprobó Ley de Talleres de Producción Protegida

A comienzos de septiembre la Cámara de Senadores dio sanción definitiva al proyecto de ley de Talleres de Producción Protegida. Si bien esta iniciativa formaba parte del proyecto de ley de protección integral para discapacitados, se separó para discutirlo antes y así lograr su aprobación antes de que finalizara el período legislativo.
Este proyecto tiene como objetivo capacitar y emplear a personas que tengan algún tipo de discapacidad, a través de Talleres de Producción Protegida.
Estarían comprendidas en este proyecto las personas que presenten una discapacidad del 33% o más, y como consecuencia de ello sufren una disminución en su capacidad de trabajo.
Es una realidad que este conjunto de personas se enfrentan a la discriminación a la hora de conseguir un empleo. La última encuesta realizada por el Instituto Nacional de Estadística dio como resultado que entre los mayores de 14 años que tienen alguna discapacidad solamente la quinta parte participa en el mercado de trabajo. “Buena parte de esa posición desventajosa que ocupan estas personas en el mercado de trabajo, se debe también a una buena dosis de desinformación, prejuicios e infundados estereotipos que fundamentan una convicción social (sobre bases falsas) acerca de la verdadera aptitud de la persona con discapacidad para el trabajo”, según señala la exposición de motivos la ley.
Como objetivos fundamentales, este proyecto plantea el poder asegurar un empleo remunerado y a la vez que sirva como un medio de integración al mercado de trabajo para el mayor número de personas con discapacidad.
Se consideran Talleres de Producción Protegida a aquellas instituciones u organizaciones sin fines de lucro que cuenten con personería jurídica, que produzcan bienes o presten servicios y cuyo objetivo sea capacitar y emplear a personas con discapacidad. Los mismos deberán estar inscriptos en el Registro Nacional de Instituciones, oficina que funciona en la orbita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Dicha cartera dará asistencia técnica a los efectos de optimizar el funcionamiento de los talleres, como así también se encargará de controlar que las personas sean empleadas en formas de trabajo adecuadas.
Los talleres deberán integrar un 75% de personas con discapacidad a la plantilla de trabajadores. Los mismos deberán percibir una remuneración que no podrá ser inferior al mínimo salarial de la categoría correspondiente al sector de actividad que desempeñe.
Estos Talleres obtendrán beneficios como exoneraciones impositivas y preferencias en procedimientos competitivos de contratación con el Estado.
Documento: Ley de Talleres de Producción Protegida







betty lopez
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MARIA LUISA PLA VILLANO
Hola estuve informándome de esto y me parece muy interesante los proyectos. Yo tengo 64 años tengo una discapacidad desde los 19 meses de edad tengo una pensión me gustaría poder ser útil en algo como aprender algo y tener una ayudita mas. Me despido muy atentamente espero respuesta gracias.